REGLAMENTO INTERNO PLANTA PROCESADORA DE FRUTA Y VERDURA FRUVERT

REGLAMENTO INTERNO PLANTA PROCESADORA DE FRUTA Y VERDURA FRUVERT











PRESENTADO POR :



GRUPO DE FRUTA

Fabián Antolines,
Luis Enrique Sánchez
Wanda Ruiz
Jair Jaimes
Diana Cristiano
Olga Lucia Rodríguez Suarez



INSTRUCTORA


Sulay Milena Leal Leal







UNIVERSIDAD DEL PUEBLO
SENA
BUCARAMANGA
2010



REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LA EMPRESA DE PRODUCCION DE PRODUCTOS DE FRUTA (FRUVERT)
CAPITULO: CAMPO DE ACCIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO


Art. 1. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

PROPÓSITO
El presente Reglamento Interno de Trabajo, tiene el objeto de establecer un adecuado sistema de administración del Recurso Humano de la Empresa FRUVERT, con el fin de alcanzar el grado más alto de eficiencia en el trabajo, optimizar la utilización de su persona y establecer las normas que regulen las relaciones entre la Empresa y el personal sujeto al Código de Trabajo.

Art.2.SUJECIÓN:
Tanto la empresa como sus trabajadores quedan sujetos a estricto cumplimiento de las disposiciones del presente reglamento y a las normas del Código del Trabajo las cuales se entenderán incorporadas a todos los contratos individuales de trabajo celebrados entre la Empresa y los trabajadores. Se presume su conocimiento, y por tanto, su desconocimiento no podrá ser alegado y no será excusa para ningún trabajador. Para el efecto se exhibirá permanentemente un
Ejemplar de este reglamento, una vez aprobado.

Art3.DE LOS ORGANOS DE ADMINISTRACIÓN DEL RECURSO HUMANO
La administración del Recurso Humano de la empresa FRUVERT, es función del Apoderado General; la ejercerá a través de Recursos Humanos y sus organismos correspondientes con sujeción a las leyes laborales y a las normas contenidas en el presente Reglamento.

Capítulo II: CONTRATOS DE TRABAJO

Art5.TIPOS DE CONTRATOS:
La empresa FRUBER podrá celebrar válidamente, cualquier tipo de contrato de trabajo con sus empleados utilizando cualquiera de las modalidades permitidas por la ley.

Art.6.CONDICIONES DE LOS CONTRATOS:
Todos los trabajadores de la empresa FRUVERT serán contratados por escrito, Todos los contratos serán sujetos a las condiciones establecidas en el Código del Trabajo.
Los contratos individuales que la empresa celebra por primera vez, tendrán
Necesariamente un período de prueba de noventa días. En este período o al término del mismo, cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato sin indemnización alguna, mediante simple notificación. La empresa podrá celebrar contratos a plazo fijo, por tiempo indefinido, ocasionales, eventuales, por hora o cualquier otro determinado por la ley, en la medida que considere necesario y estipulando las condiciones particulares en cada caso.
ARTICULO 7. Las horas de entrada y salida de los trabajadores, son las que a continuación se expresan así:
DIAS LABORABLES DE: Lunes a Sábado.
HORA DE ENTRADA: 7:30 AM
HORA DE DESCANSO : 9:30AM A 9:45AM
HORA DE SALIDA: 5:30 PM
HORA DE DESCANSO: 3:00PM A 3:15PM
HORA DE ALMUERZO: 12:30 M. a 1:30 P.M.
PARAGRAFO 2. LABORES AGROPECUARIAS. (SI TIENEN EN LA EMPRESA) Los trabajadores de empresas agrícolas, forestales y ganaderas que ejecuten actividades no susceptibles de interrupción, deben trabajar los domingos y días de fiesta remunerándose su trabajo en la forma prevista en el artículo 179 y con derecho al descanso compensatorio (artículo 28, Ley 50 de 1.990).
AVISO SOBRE TRABAJO DOMINICAL. Cuando se tratare de trabajos habituales o permanentes en domingo, el empleador debe fijar en lugar público del establecimiento, con anticipación de doce (12) horas lo menos, la relación del personal de trabajadores que por razones del servicio no pueden disponer el descanso dominical. En esta relación se incluirán también el día y las horas de descanso compensatorio (artículo 185, C.S.T.)
CAPITULO 3
PRESCRIPCIONES DE ORDEN

ARTICULO 3. Los trabajadores tienen como deberes los siguientes:

a) Respeto y subordinación a los superiores.
b) Respeto a sus compañeros de trabajo.
c)Procurar completa armonía con sus superiores y compañeros de trabajo en las relaciones personales y en la ejecución de labores.
d) Guardar buena conducta en todo sentido y obrar con espíritu de leal colaboración en el orden moral y disciplina general de la empresa.
e) Ejecutar los trabajos que le confíen con honradez, buena voluntad y de la mejor manera posible.
f) Hacer las observaciones, reclamos y solicitudes a que haya lugar por conducto del respectivo superior y de manera fundada, comedida y respetuosa.
g) Ser verídico en todo caso.
h) Recibir y aceptar las órdenes, instrucciones y correcciones relacionadas con el trabajo, con su verdadera intención que es en todo caso la de encaminar y perfeccionar los esfuerzos en provecho propio y de la empresa en general.
i) Observar rigurosamente las medidas y precauciones que le indique su respectivo Jefe para el manejo de las máquinas o instrumentos de trabajo.
j) Permanecer durante la jornada de trabajo en el sitio o lugar en donde debe desempeñar sus labores, siendo prohibido, salvo orden superior, pasar al puesto de trabajo de otros compañeros.
PARAGRAFO. MANTENIMIENTO DE ORDEN: Los directores o trabajadores no pueden ser agentes de la autoridad pública, en los establecimientos o lugares de trabajo, ni intervenir en la selección del personal de la policía, ni darle órdenes, ni suministrarle alojamiento o alimentación gratuitos, ni hacer dádivas (artículo 126, parágrafo, C.S.T.).

CAPITULO 4

ORDEN JERARQUICO

• JEFE DE MERCADEO…………………………………………..Eudis Muñoz ……… Wanda Ruiz
• PRODUCCIÓN…………………………………………………….. Dejanira Ascanio …..Oscar castro Fabián Antolines, Luis Enrique Sanches
• RECURSO HUMANO……………………………………………. Jair Jaimes ,Shirley Gamboa
• CONTADOR………………………………………………………. Edinson Monsalve…. Diana Cristiano
• LIMPIEZA Y DESINFECCION…………………………………..Olga Lucia Rodríguez Suarez.

PARAGRAFO: De los cargos mencionados, tienen facultades para imponer sanciones disciplinarías a los trabajadores de la empresa EL GERENTE.
CAPITULO 5

OBLIGACIONES ESPECIALES PARA LA EMPRESA Y LOS TRABAJADORES

ARTICULO 5. Son obligaciones especiales del empleador:
Realizar personalmente la labor en los términos estipulados observar los preceptos de este reglamento y acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de manera particular le imparta la empresa o sus representantes, según el orden jerárquico establecido.
No comunicar a terceros, salvo autorización expresa, las informaciones que sean de naturaleza reservada y cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios a FRUVERT, lo que no obsta para denunciar delitos comunes o violaciones de contrato o de las normas legales de trabajo ante autoridades competentes.
Conservar y restituir en buen estado, salvo deterioro natural, los instrumentos y útiles que les haya facilitado y las materias primas sobrantes.
Guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros.
Comunicar oportunamente a FRUVERT las observaciones que estime conducentes a evitarle daños y perjuicios.
Prestar la colaboración posible en caso de siniestro o riesgos inminentes que afecten o amenacen las personas o las cosas de la empresa.
Observar las medidas preventivas higiénicas prescritas por las autoridades del ramo y observar con suma diligencia y cuidado las instrucciones y órdenes preventivas de accidentes o de enfermedades profesionales.
Registrar en las oficinas de FRUVERT su domicilio y dirección y dar aviso oportuno de cualquier cambio que ocurra Poner a disposición de los trabajadores, salvo estipulación en contrario, los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias para la realización de las labores.
Prestar de inmediato los primeros auxilios en caso de accidentes o enfermedad. Para este efecto, el establecimiento mantendrá lo necesario según reglamentación de las autoridades sanitarias.
Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos.
Guardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador, sus creencias y sentimientos.
ARTICULO 6. Son obligaciones especiales del trabajador:

1. Realizar personalmente la labor en los términos estipulados; Observar los preceptos de este reglamento y acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de manera particular le imparta FRUVERT o sus representantes según el orden jerárquico establecido.
2. No comunicar a terceros, salvo autorización expresa, las informaciones que sean de naturaleza reservada y cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios a FRUVERT, lo que no obsta para denunciar delitos comunes o violaciones del contrato o de las normas legales de trabajo ante las autoridades competentes.
3. Conservar y restituir en buen estado, salvo deterioro natural, los instrumentos y útiles que les hayan facilitado y las materias primas sobrantes.
4. Guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros.
5. Comunicar oportunamente a FRUVERT las observaciones que estime conducentes a evitarle daños y perjuicios.
ARTICULO 7. Sé prohíbe a los trabajadores:
1. Sustraer de la empresa los útiles de trabajo, las materias primas o productos elaborados sin permiso de la empresa.
2. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcótico o de drogas enervantes.
3. Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo a excepción de las que con autorización legal puedan llevar los celadores.
4. Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso de FRUVERT, excepto en los casos de huelga, en los cuales deben abandonar el lugar de trabajo.
5. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover suspensiones intempestivas del trabajo e incitar a su declaración o mantenimiento, sea que se participe o no en ellas.
6. Hacer colectas, rifas o suscripciones o cualquier otra clase de propaganda en los lugares de trabajo.
7. Coartar la libertad para trabajar o no trabajar o para afiliarse o no a un sindicato o permanecer en él o retirarse.
8. Usar los útiles o herramientas suministradas por la empresa en objetivos distintos del trabajo contratado
VIGENCIA

ARTICULO 8. El presente Reglamento entrará a regir ocho (8) días después de su publicación hecha en la forma prescrita en el artículo anterior de este Reglamento

CAPITULO 6

DISPOSICIONES FINALES

ARTICULO 9. Desde la fecha que entra en vigencia este reglamento, quedan sin efecto las disposiciones del reglamento que antes de esta fecha, haya tenido la empresa.

CAPITULO 7

CLAUSULAS INEFICACES

ARTICULO 10. No producirá ningún efecto las cláusulas del reglamento que desmejoren las condiciones del trabajador en relación con lo establecido en las leyes, contratos individuales, pactos, convenciones colectivas o fallos arbitrales los cuales sustituyen las disposiciones del reglamento en cuanto fueren más favorables al trabajador (artículo 109, C.S.T.).